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Permanente
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Pensionado |
Rentista |
Inversionista |
Representante |
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Relación de primer grado con un ciudadano costarricenseÂ
(o matrimonio, o un hijo Costarricense)
o tres años en otra tipo de residencia. |
Requiere comprobante de ingresos de US$1000 por mes de una pensión permanente o un fondo de retiro.. |
Prueba de ingreso de US$2500 mensuales por un mÃnimo de 5 años, garantizado por una institución bancaria. Una Copia de la carta muestra con el texto requerido está disponible en las oficinas de ARCR. O deposito de US$150,000 en un banco Costarricense aprobado. |
$200,000 en cualquier otro tipo de negocio, o Inversiónes aprobados como inmuebles o fondos. |
El aspirante debe ser director de una compañÃa cumpliendo con ciertos requisitos, como emplear un número mÃnimo de empleados locales, como está establecido por la ley de trabajo, con estados financieros certificados por un contador público. |
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Debe visitar Costa Rica una vez al año. |
Debe permanecer en el paÃs cuatro meses al año. |
Debe permanecer en el paÃs cuatro meses al año. |
Debe permanecer en el paÃs seis meses al año. |
Debe permanecer en el paÃs seis meses al año. |
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No puede reclamar esposas y hijos menores de 18 como dependientes. |
Puede reclamar esposas y hijos menores de 18 como dependientes. |
Puede reclamar esposas y hijos menores de 18 como dependientes por mas ingresos. |
No puede reclamar esposas y hijos menores de 18 como dependientes. |
No puede reclamar esposas y hijos menores de 18 como dependientes. |
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Puede trabajar. |
No puede trabajar como asalariado.. |
No puede trabajar como asalariado. |
Puede recibir ingresos como asalariado. |
Puede recibir un salario en la compañÃa.. |
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Puede ser dueño de una compañÃa y recibir ingresos.. |
Puede ser dueño de una compañÃa y recibir ingresos.. |
Puede ser dueño de una compañÃa y recibir ingresos.. |
Puede ser dueño de una compañÃa y recibir ingresos. |
Puede ser dueño de una compañÃa y recibir ingresos. |